Compañeros de la lista
Escribo por dos motivos. El primero, para reivindicar la necesidad de la deliberación aun cuando ella no implique o no se resuelva con nuevos consensos.
Luego, para enviarles una parte del acta del 5 de noviembre del Consejo Superior de la UNER (apenas hace una semana ha llegado a mis manos) en la que podemos apreciar la actitud cínica de nuestros representantes respecto al papel que debiera desempeñar la universidad pública con problemas tales comos la contaminación totalmente fundada y probada de una mina a cielo abierto.
Específicamente leeremos allí el “debate” sobre la mina “la Alumbrera” que con supuestos argumentos científicos pretende justificar la aceptación casi unánime de una parte ínfima de sus regalías por parte de la Universidad Pública en general y de la UNER en particular.
A modo de síntesis les cuento que el tema llegó al Consejo Superior luego que el Consejo Directivo de la Facultad de Trabajo Social aprobara una resolución en la que proponíamos enfáticamente el rechazo del dinero de la mina catamarqueña. Tal iniciativa política se la debemos en realidad a los no-docentes de nuestra Facultad que, luego de informarse sobre la procedencia del dinero y el daño irreparable que la mina la lumbrera producía, elevaron al consejo directivo por medio de su representante la propuesta que finalmente se aprobó como una resolución de todo el consejo.
Cuento sucintamente el origen de la propuesta porque parece que la condición de no-docentes de sus autores habilitó a los académicos del consejo superior a ignorar la seriedad del informe y a refugiarse en supuestos argumentos científicos para hacer la vista gorda sobre la procedencia del dinero. Vergonzoso!!! Acaso también necesitamos pruebas de que la tierra gira sobre su propio eje? La pregunta sobre si es contaminante la explotación de las minas a cielo abierto ya se contestó y por lo tanto ha dejado de ser un problema de investigación. No obstante ello, si nuestros consejeros superiores no lo saben, que lo averigüen!!
Paro acá porque en realidad habría que contestarle también a los otros cínicos, los que aceptan lo auto evidente y hacen gala de resignación cristiana: “sí contaminan pero que vamos a hacer… toda producción de energía no renovable contamina y la universidad no puede hacer nada al respecto.”
Y asi…
En unos pocos días vamos a invitarlos a un Panel debate sobre el tema que estamos organizando, espero que no perdamos la capacidad de indignarnos.
Saludos
FRAGMENTO DEL ACTA DE LA REUNIÓN DE CONSEJO SUPERIOR DE LA UNER: MINERÍA Y PRESUPUESTO

Reenvio parte una Nota de Maristela Svampa sobre el minero:
“… citemos el caso del yacimiento Bajo La Alumbrera, situado en Catamarca, que empezó a funcionar en 1997, y nos permite ver en perspectiva el funcionamiento del modelo. Bajo La Alumbrera es el mayor emprendimiento minero del país, y se extiende en varias provincias: el yacimiento se encuentra en Catamarca, pero el concentrado es transportado en un mineraloducto de 316 kilómetros, que llega hasta Tucumán, atravesando poblaciones y lechos de río. Luego de su tratamiento y una vez obtenido los metales, éstos son transportados por un ferrocarril propio (el tren azul) hasta las instalaciones portuarias (también propias) de San Lorenzo, en
Santa Fe.
Horacio Machado, investigador de la Universidad Nacional de Catamarca, indica que la compañía minera obtuvo un permiso de extracción de 1.200 litros de agua por segundo (alrededor de 100 millones de litros por día). Respecto del consumo de energía, para 2003, éste fue de 764,44 GW. Esto equivale al 170% del total del consumo de la provincia de Catamarca y al 87% de Tucumán. Por supuesto, todos estos datos, que no son incluidos en el costo final del producto, presagian nuevos problemas, que van desde la escasez de agua a la demanda de construcción de nuevas represas hidroeléctricas, enteramente al servicio de las compañías mineras, algo previsto para los futuros emprendimientos. Por último, lo más notorio es que, hace unos meses, la compañía fue procesada por la Justicia Federal de Tucumán, por daños ambientales, constituyéndose en el primer fallo en Latinoamérica contra una minera. Además, desde el 6 de agosto de este año comunidades originarias y organizaciones de vecinos interrumpen el paso en la ruta Nº 40, en el límite entre Tucumán y Salta, a cuatro camiones con insumos y maquinaria con destino a La Alumbrera. Los vecinos movilizados consideran extender su lucha, luego de haber sido informados de los pedidos de destitución que enfrenta el Fiscal General de Tucumán, Antonio Gustavo Gómez, quien dirige las actuaciones que motivaron el actual procesamiento del vicepresidente de la minera Bajo La Alumbrera, Julián Patricio Rooney, por contaminación.”
David y Goliat: la minería a cielo abierto y los movimientos de resistencia, por M.Svampa, en Crítica, 15/09/2008
La Nota completa la pueden leer en: http://maristellasvampa.net/blog/?p=79
Respecto al tema de las minas a cielo abierto y otros problemas relacionados a los recursos naturales, los invito a que revisen la pagina del programa de acción colectiva y protesta del CEA de la Universidad Nacional de Córdoba, hemos editado un boletin donde participaron algunos colectivos y pueblos originarios que se ven afectados por la actividad minera. Además hay varios documentos allí que les pueden interesar.
http://www.accioncolectiva.com.ar
Saludos.
Es uno de los boletines que se editó en el año 2007, a partir de unas jornadas sobre expropaición de recursos naturales. Vean es el numero 4. Gracias
Creo que el aporte de Laura, el documento del C.S., no tiene desperdicio y puede ser tomado como buen punto de inicio para un análisis y debate de las incumbencias y ética de la Universidad. Gracias
Cras. y Cros. de CONADU HISTÓRICA-CTA: Enviamos para conocimiento de Uds. y amplia difusión entre todos/as los Colegas que integren Consejos Directivos y/ó Superiores un Proyecto de Resolución de Comisión de la UNS (despacho de la minoría, el de mayoría lo firman decanos y directores de Departamentos) que recoge las Resoluciones de nuestro Congreso Extraordinario para exigir a las UUNN que RECHACEN los fondos provenientes de Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio en tanto corresponden a las regalías de empresas transnacionales que saquean nuestros recursos y contaminan nuestra vida. El despacho fue enviado por el Cro. Sergio Zaninelli. Invitamos a todos/as Uds. a militar el presente Proyecto de Resolución y a difundirlo entre nuestros contactos.
Fraternalmente,
Claudia Baigorria
Secretaria General
CONADU HISTÓRICA-CTA
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Bahía Blanca, 26 de marzo de 2009.
COMISION DE ECONOMÍA, FINANZAS Y EDIFICIOS
Expte. Nº 163/2009
Bahía Blanca, 6 abril de 2009
COMISIÓN DE ECONOMÍA, FINANZAS Y EDIFICIOS
DICTAMEN DE MINORIA
Proyecto de Resolución
VISTO:
El artículo 18º inciso c) de la Ley 14.771, que dispone ciertas condiciones de distribución entre las universidades nacionales del 50% de las utilidades líquidas y realizadas de la empresa Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio” (YMAD);
El Acuerdo Plenario 672/08 del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) en el cual se propone la distribución entre las universidades nacionales de dicho excedente correspondiente al ejercicio 2007;
El cheque recibido por esta Universidad el 18 de febrero del corriente año cuyo monto es de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS ONCE ($1.215.511), importe establecido en función de la pauta de distribución aplicada por el CIN y que se sugiere se destine a proyectos institucionales;
CONSIDERANDO:
Que las utilidades líquidas y realizadas de la empresa YMAD son el resultado de la explotación que lleva adelante la empresa transnacional Minera Alumbrera Limited, de capitales suizos y canadienses, y constituida bajo la legislación de Antigua y Barbuda;
Que ambas empresas celebraron un contrato de unión transitoria celebrado el 24 de abril de 1994, modificado el 25 de octubre de 1994 y finalmente un acuerdo modificatorio celebrado en Nueva York (Estados Unidos de América) el 26 de febrero de 1997, violando leyes argentinas y los contratos firmados con anterioridad;
Que se desconocen si las ganancias declaradas por Minera Alumbrera son las pactadas en el contrato firmado en 1997, situación que ha sido denunciada en reiteradas oportunidades en el Congreso de la Nación por el actual diputado nacional Eduardo Antonio Pastoriza y sobre las cuales ha solicitado informes al Poder Ejecutivo Nacional; así como reiterados pedidos de informes respecto de los daños ecológicos como consecuencia de la explotación minera de la empresa mencionada que respondieron parcialmente funcionarios del Poder Ejecutivo;
Que numerosos medios gráficos y televisivos nacionales y regionales han difundido en los últimos años, las actividades que realiza la empresa minera transnacional y el impacto de las mismas sobre el medio ambiente de las provincias de Catamarca y Tucumán;
Que entre los daños ecológicos se destacan los efectos de los líquidos desechados del proceso de concentración de los minerales extraídos sobre algunos cursos de agua superficiales y reservas de agua subterráneas de las provincias mencionadas;
Que ante las numerosas denuncias efectuadas a partir del año 1998, entre las que se destaca las del ex-Secretario de Medio Ambiente de la provincia de Tucumán, el biólogo Juan González, que denunció a Minera Alumbrera Limited por violación de la Ley 24.051 de Residuos Peligrosos;
Que dicha denuncia fue activada a partir del 2002 por el Fiscal General Gustavo Gómez y derivó en el fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán que procesa por contaminación ambiental, sin prisión preventiva pero con un embargo de bienes, al vicepresidente de la empresa transnacional; medida judicial que deberá apelarse ante la Cámara de Casación Penal y eventualmente ante la Corte Suprema de Justicia, y que constituye el primer fallo en toda América Latina contra una empresa minera por contaminación;
Que el artículo 41º de la Constitución Nacional establece que “todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo”;
Que el artículo 2º del Estatuto de la Universidad Nacional del Sur establece como fin inculcarle a sus miembros “el respeto a las normas e instituciones de la Constitución Nacional”;
Que si bien las universidades nacionales arrastran un problema crónico de financiamiento por parte del Estado nacional que no alcanza a ser cubierto por los presupuestos anuales aprobados por el Congreso nacional, el conocimiento del origen de las utilidades líquidas como consecuencia de la explotación minera mencionada pone a los integrantes de la comunidad universitaria ante una cuestión que si bien está amparada legalmente afecta principios éticos y constitucionales que no deben ser soslayados;
Que en el ámbito universitario nacional, en septiembre de 2008 el Consejo Asesor Zonal de la Sede Esquel de la Universidad Nacional de la Patagonia rechazó los fondos provenientes del YMAD correspondientes al ejercicio 2007 y en marzo del corriente año el Congreso Extraordinario de la CONADU Histórica resolvió “repudiar al CIN por distribuir acríticamente los fondos provenientes de las regalías de las mineras transnacionales, y exigir a las Universidades la devolución de esos fondos y nulidad de convenios de organismos públicos o estatales con las mineras que contaminan y saquean recursos y riquezas”;
POR ELLO:
1º) Rechazar de la firma Yacimiento Mineros de Agua de Dionisio (YMAD) la suma mencionada en el visto, en concepto de participación en las utilidades líquidas y realizadas por el ejercicio 2007, de acuerdo al artículo 18º inciso c) de la Ley 14.771 y a la pauta de distribución dispuesta por el CIN mediante Acuerdo Plenario 672/08;
2º) Instar al Estado nacional, al Estado provincial de Catamarca y a la Universidad Nacional de Tucumán a que las utilidades distribuidas a la Universidad Nacional del Sur sean utilizadas para realizar estudios de impacto ambiental en la zona afectada por la contaminación que genera la explotación minera a cargo de la empresa transnacional Minera Alumbrera Limited;
3º) Exigir al Estado nacional a que ejerza con mayor rigurosidad el control de las actividades de la mencionada empresa multinacional respecto de sus efectos de contaminación del medio ambiente como de las utilidades declaradas por la misma, de acuerdo con la legislación vigente;
4º) De forma
EBERLE CIMATTI
RIPARI A. RODRÍGUEZ POGGIESE